Si en tus planes está el emigrar a España o a otro país de la Unión Europea, y eres familiar de un ciudadano español, te interesará nuestro artículo sobre Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario. Esta tarjeta le otorga y permite la residencia a cualquier persona que sea familiar de un ciudadano europeo.
Es una gran ventaja el Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario, ya que puedes encontrarte legalmente sin ningún tipo de problema. Si quieres saber como solicitarla ¡Te invitamos a seguir leyendo!
Tabla de Contenidos
Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario: Solicitud
En esta sección del artículo, te explicaremos cada uno de los pasos que se deben realizar para Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario. Se destaca que es un proceso sumamente sencillo y de gran ayuda para muchos. Los pasos son los siguientes:
- Solicitar que se te asigne una cita mediante la web de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
- Una vez dentro del sistema, debes elegir la provincia en la que te encuentras y, en la lista de trámites accesibles, buscar la elección para parientes de residentes comunitarios.
- Ingresa tu información personal: nombres y apellidos, número del documento de identidad y demás.
- Marca la elección de pedir la cita y elige en qué oficina se va a realizar el trámite.
- Da la información de contacto, de igual manera tu teléfono y un correo electrónico, y añade los datos del familiar por el que se te vaya a tramitar la reagrupación.
- Elije un momento y fecha para que se haga la cita.
- Confirma toda la información dada y acaba el proceso en linea.
- Prepara tus requisitos para Tarjeta Comunitaria.
- Asiste a la cita con la documentación señalada, agregando el justificante de tu momento.
- ¡Estás listo! Solo queda aguardar a que se te asigne tu Tarjeta Comunitaria.
Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario: Requisitos
Los requisitos para Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario, se mencionarán a continuación. Principalmente, se debe tener uno de los parentescos que se describen con un habitante de la Alianza Europea:
- Cónyuge o pareja registrada en alguna alianza semejante a la conyugal.
- Descendiente de un habitante europeo, o de su cónyuge o pareja registrada. Para que este vínculo tenga validez legal, se debería ser menor de 21 años, o ser más grande de edad pero vivir al mando de los cónyuges, primordialmente por problemas de discapacidad.
- Padre o mamá del habitante europeo.
- Padre o mamá del cónyuge o pareja registrada del habitante europeo.
- Ser familiar de cualquier grado del habitante europeo y divulgar la dependencia económica de este. Se aceptarán tanto los casos en los cuales sea por motivos de salud o sencillamente para consumar con las necesidades primordiales.
- La pareja por cierto del habitante europeo con la cual tenga una interacción estable. Comentado parentesco debería ser debidamente probado ante las autoridades.
- Reunirse o ser respaldado por un habitante nacional de la Alianza Europea, que tenga un derecho de residencia de un tiempo superior a los 3 meses.
- El habitante europeo tendrá que cumplir, paralelamente, con varios de los próximos requerimientos:
- Ser trabajador autosuficiente o independiente.
- Ser alumno matriculado en una organización pública o privada registrada por la gestión educativa. Este debería ser partícipe de un curso de estudios o de formación profesional.
- Tener los recursos económicos que sustenten sin inconvenientes a su entorno familiar y a él o ella mismos.
- Tener un seguro de salud privado o público, sin que importe si ha sido contratado en España o no. Este debería cubrir todos los costos de salud del entorno familiar o el habitante a lo largo de su estadía en el territorio.
Posibles Supuestos
Supuesto 1
Ser parte del núcleo familiar y haber habitado legalmente en España a lo largo de un lugar prolongado de 5 años, siempre que se conserve el vínculo familiar que le facilitó el derecho a la morada inicial.
Que el ciudadano de la Unión Europea, español o de otro Estado parte en el consenso sobre el espacio económico europeo o Suiza lleve a cabo una de las condiciones siguientes:
- Estar o haber estado haciendo un trabajo por balance ajena en España.
- Encontrarse y haber estado laborando por cuenta propia en España.
- Poner para sí y los miembros de el núcleo familiar recursos financieros pasaderos. para no modificar en una imposición para el apoyo social española a lo largo de su tiempo de domicilio.
- Compensará confirmar la posesión de un seguro de patología público o privado, concertado en España o en otro territorio, que suministre defensa en España similar a la suministrada por el Sistema Nacional de Salud.
- La apreciación de la función de medios financieros se desarrollará de forma específica, considerando la verdad personal y familiar.
Se reflexionará refrendación suficiente para el acatamiento de este requisito la posesión de recursos que sean primordiales al costo que todos los años fije la ley de presupuestos en general del estado para concebir el derecho a tomar una ayuda no contributiva.
Ser y haber sido educando y haber estado registrado en un fondo público o privado analizado o costeado por la dirección educativa correcto para gestionar estudios o formación técnico, así como referir con un resguardo de patología público o privado convenido en España u otro territorio que suministre cubierta completa en España.
Reconocimiento subsidiario de que tiene recursos financieros aptos para sí y los miembros de su familia para no transformarse en una obligación para el apoyo social española.
Supuesto 2
Haber habitado en España como miembro de el núcleo familiar de un habitante de la Alianza que haya sido esforzado por cuenta forastera o propia, y haya logrado el derecho a la habitación indestructible previo a que finiquite la era de residencia de 5 (5) años.
Supuesto 3
Haber sostenido el derecho de domicilio bajo el sistema de habitantes de la Alianza a alusión personal:
- Por muerte del ciudadano de la Alianza, continuamente que el familiar gozara de la residencia en España, en particularidad de miembro de el núcleo familiar, previo a la defunción del titular del derecho.
Por censura del lazo conyugal, división o derogación del epígrafe como pareja reconocida continuamente que se confirme alguno de los próximos supuestos:
- Que el casamiento o el escenario de dualidad registrada haya persistido por lo menos 3 años hasta la promoción del modo reglamentario de hacer nulo del casamiento, de la desunión o derogación del epígrafe, y de los cuales, por lo menos, un año haya pasado en España.
- Por tener facilitada, por mutuo consenso o fallo judicial la custodia de los hijos del habitante de la Alianza.
Supuesto 4
Habitar en España como miembro del núcleo familiar de habitante de la Alianza, que fallece en el curso de su realidad activa, con frontispicio a la toma del derecho a domicilio intacta, constantemente que asista cualquier persona de las próximas situaciones:
- El ciudadano de la Alianza tuviera habitado de manera amplia, en la data de el deceso, por lo menos 2 años.
- Que la expiación se haya motivado por un infortunio de trabajo o mal profesional.
- La señora del residente de la Alianza fuera ciudadano español y hubiera perdido la ciudadanía de España como consecuencia del casamiento con el muerto.
Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario: Pasos
- Primero que todo se debería pedir una previa cita en la oficina de extranjería que nos corresponda por empadronamiento.
- El día de la cita deberá ir tanto, el habitante comunitario, con su familiar.
- Todos los documentos que debería llevar deben ser original y fotocopia.
Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario: Normativa
La normativa por la cual se rige todo el proceso de Solicitar Tarjeta Permanente por Familiar Comunitario, son el siguiente que se expresará a continuación:
Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
¿Qué es?
La tarjeta familiar comunitario es el documento más importante que tienen que tener a la mano los parientes de un habitante español, o también de cualquier persona de los demás Estados de la Unión Europea. Aplica para quienes no tienen la nacionalidad de estos Estados con anterioridad.
Se debe tener una vez que se reúnan con él o la persona que los acompañe, o al momento en que se vayan a residir con dicho familiar en España por un tiempo mayor a 3 meses. La tarjeta por familiar comunitario se encuentra fundada en Real Decreto que habla sobre la estadía de individuos dentro del territorio de toda España.
¡Gracias por leer!